martes, 11 de junio de 2013

FUNDAMENTACIÓN CONCEPTUAL PARA LA ATENCIÓN NEE.





MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

FUNDAMENTACIÓN CONCEPTUAL PARA LA ATENCIÓN EN EL SERVICIO EDUCATIVO A ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES -NEE


El servicio educativo es el conjunto de políticas, normas jurídicas y modalidades educativas entre las que se destacan: formal (estructura en niveles y grados), no formal (programas y estrategias) e informal; también a las instituciones educativas de los diferentes niveles y modalidades con funciones educativas, culturales y recreativas; además, a los recursos humanos, metodológicos, tecnológicos, materiales, administrativos y financieros que están articulados en procesos y estructuras para alcanzar los objetivos, fines y principios de la educación (artículo 2, Ley General de Educación, Ley 115 de 1994).

Tiene como objeto la formación permanente, personal, cultural y social del estudiante; se fundamenta en una concepción integral del ser, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes (artículo 1). Este objeto cubre a todos los estudiantes que acceden a las diferentes propuestas de formación educativa, en las modalidades establecidas e incluye a las personas con NEE .
La prestación del servicio para esta población se organiza y oferta en las instituciones educativas de los sectores oficial y privado y en las de carácter comunitario, solidario cooperativo o sin ánimo de lucro del país.

Es deber del Estado establecer directrices para la prestación de este servicio, así como atender a factores que favorezcan la calidad de la educación y el mejoramiento, además de velar por la cualificación y formación de los educadores, la promoción del talento humano, los recursos y métodos educativos, la innovación e investigación educativa y pedagógica, la orientación educativa, pedagógica y profesional, la inspección y evaluación del proceso educativo.
En la medida que se dispone de unas políticas, normas, concepciones e innfraestructura para el desarrollo de propuestas de formación para niños, niñas, jóvenes y adultos del país, se espera que estas den respuesta educativa a la población con NEE, que requiere ser orientada mediante diversas herramientas e innovaciones en proyectos y prácticas, que faciliten el acceso, la permanencia y la promoción en las modalidades educativas.

APORTES DEL MODELO SOCIAL DE LAS NEE A LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL PAÍS

El modelo social de las NEE plantea esta condición en términos de situación, lo cual quiere decir que es el resultado de las interacciones entre las condiciones individuales de la persona y las características del entorno físico, social y cultural en que se encuentra. Significa, además, que la situación de NEE no sólo compromete a quien la presenta sino que implica la participación social y cultural de sectores como salud, educación, trabajo y comunicaciones y por lo tanto su atención es una responsabilidad social.

Este planteamiento hace necesaria la transformación de concepciones y prácticas en torno a las personas con NEE y a la reflexión respecto a procesos de desarrollo humano del país, todo ello desde el referente de los derechos humanos.
El modelo de las NEE está soportado en componentes sociales y fundamentos que se deben tener en cuenta en la prestación del servicio educativo.

COMPONENTES SOCIALES

Los componentes sociales constituyen un marco referencial que orienta el diseño de políticas y servicios para las personas con NEE, posibilitan la articulación de discursos y la unidad de criterios en la atención, sin afectar las condiciones contextuales del servicio educativo en el país.

DERECHOS HUMANOS

El tema de los derechos humanos ha posesionado su discurso de valoración a las condiciones que por mandato constitucional debe tener todo ser humano y ha venido ganando terreno en virtud de la demanda por mayor libertad y reconocimiento en la comunidad de grupos sociales específicos como las mujeres, los grupos étnicos, la niñez y los adolescentes, el cual se ha extendido a la población con NEE. Se reconoce la acción positiva de los derechos humanos en la medida que ha abierto espacios institucionales, permitiendo a los diferentes sujetos de un país constituirse en sujetos de derecho y, por consiguiente, ha dado instrumentos para su exigibilidad y su consecuente vigencia social.

El principal aporte de este principio de los derechos humanos es el establecimiento de la unidad entre sujeto social y sujeto de derecho, que había sido rota tanto por las concepciones realistas que negaron la importancia del derecho en el accionar social, como por las concepciones positivistas institucionalistas que desvincularon al titular del derecho, de su construcción social; implica asumir que el sujeto social constituye sobre todo, un sujeto autoreflexivo que debe someterse a la crítica permanente en la relación con el otro y su participación en todos los espacios sociales y que está condicionada por los ciclos de vida.

La Constitución Política de 1991, en su artículo 5, reconoce que las personas con NEE tienen derecho a acceder a una educación de calidad a lo largo de toda la vida, que promueva su desarrollo integral, su independencia y su participación, en condiciones de igualdad, en los ámbitos público y privado. Para cumplir este mandato el servicio educativo debe:

• Asegurar que los estudiantes con NEE y sus familias tengan acceso a la información sobre la oferta educativa existente para que puedan ejercer su derecho a elegir.

• Promover acciones como campañas informativas, para reconocer los derechos que aplican a las personas con NEE.

• Garantizar el acceso a la educación de calidad, en todos los niveles y modalidades educativas.

• Impulsar proyectos que promuevan principios de respeto a la diferencia y que la
valoren como una posibilidad de aprendizaje social.

• Procurar que los estudiantes con NEE reciban las ayudas técnicas, pedagógicas,
materiales de enseñanza y aprendizaje que les permitan el acceso y la participación en actividades curriculares.

• Promover el acceso a subsidios, estímulos y recursos de financiamiento a estudiantes con NEE, bajo las estrategias que establece el Estado.

• Diseñar y aplicar estándares de calidad para las instituciones públicas y privadas,
que garanticen condiciones educativas óptimas dentro del marco de los derechos
humanos de las personas con NEE.

• Garantizar que se expidan certificados oficiales que reconozcan las competencias, destrezas y conocimientos adquiridos por las
personas con NEE en el proceso de aprendizaje.

• Velar por el cumplimiento de los principios de igualdad, no discriminación y buen trato de las personas con NEE contemplados en las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con NEE1.

• Diseñar lineamientos para la formación de docentes, en el marco de la diversidad, en los programas iniciales y de actualización.

• Identificar currículos de las Facultades de Educación, que forman maestros
sensibilizados para atender la diversidad de la población, con el propósito de
fortalecerlos.

• Establecer mecanismos de coordinación entre las instituciones que tienen programas de atención directa a personas con NEE y las Facultades de Educación, para concertar las necesidades de la formación de los maestros y la puesta en marcha de proyectos de investigación, de prácticas y propuestas de extensión a padres de familia, administradores y líderes comunitarios.

• Establecer foros permanentes de discusión sobre los avances de estrategias y el
cambio hacia la no discriminación.

• Incluir en todos los niveles de la educación, programas de democracia y valores
frente al reconocimiento de los derechos de las personas en condición de NEE.
La cultura de la valoración de la diferencia fundamentada en derechos humanos ha de desarrollarse y difundirse ampliamente para favorecer que la persona con NEE logre altos niveles de desarrollo humano y participación.

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y EQUIDAD

La educación para la población con NEE reconoce que entre los seres humanos existe infinidad de diferencias, derivadas de su género, raza, religión, cultura, posibilidades de aprendizaje, entre otras; esta concepción lleva a que los sistemas del Estado garanticen la igualdad de oportunidades a todos los servicios, no sólo por el hecho de ser ciudadanos, sino por su condición humana.
1 Los derechos humanos de las personas con NEE. Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2003/49

En nuestro país, la igualdad de oportunidades, puede hacerse mediante la construcción y puesta en marcha de la “Política Pública para las NEE” la cual contempla el desarrollo de tareas específicas en las áreas de construcción de entornos protectores y prevención de la NEE; rehabilitación con participación
familiar, social y la igualdad de oportunidades para la accesibilidad al medio físico y al transporte; el acceso a las comunicaciones, a la recreación, al deporte y la cultura; el aprovechamiento del tiempo libre, la participación educativa y laboral.
A continuación se dan a conocer las posibilidades que en materia de accesibilidad tienen derecho las personas con NEE2:

• Accesibilidad: es un concepto que alude al derecho ciudadano por el cual toda persona sin importar su edad y sus condiciones personales y sociales puede disfrutar plenamente de todos los servicios que presta y ofrece la comunidad y las instituciones:

comunicación, espacios urbanísticos, arquitectónicos, vivienda, servicios públicos, medios de transporte, de tal forma que todas las personas puedan llegar, acceder, usar y salir en forma autónoma, segura y confortable.

• Acceso a la información, la comunicación, el deporte, la cultura y la recreación:
considera que las necesidades de las personas son todas de igual importancia y que son la base para la planificación de acciones sociales, que garanticen la igualdad en las oportunidades de participación de cada persona.

• Acceso a la educación: desde la Política Pública para las NEE, se plantea que “el Estado debe garantizar el acceso, la permanencia y la promoción de los niños, niñas, jóvenes y adultos con NEE a todas las modalidades que ofrece el Servicio
Público Educativo” (Decreto 2082 de 1996). Para hacer viable este derecho, la institución educativa ha de promover la atención a la diversidad, implementando los apoyos pedagógicos, técnicos, tecnológicos y humanos necesarios.

• Acceso laboral: el trabajo siempre ha sido considerado como una actividad que dignifica al hombre, por lo que su protección es uno de los fines del Estado Social de Derecho. La Constitución Colombiana, más que al trabajo, protege al trabajador y su dignidad y ha sido enfática en velar por los derechos de los ciudadanos con NEE y evitar actos discriminatorios. Por lo anterior dispone que, en ningún caso, la limitación de una persona, puede ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el campo que se va a desempeñar.

Consecuente con lo anterior, la institución educativa debe garantizar la oferta de servicios acorde con las características, necesidades e intereses de sus estudiantes de tal manera que sus acciones se dirijan a brindar los apoyos necesarios, para que incursionen en un medio socio-laboral en forma independiente.
2 Decreto 1660 / 2004 de accesibilidad

FUNDAMENTACIÓN PEDAGÓGICA

La enorme complejidad que genera la práctica educativa centrada en el respeto a la diferencia en el sistema educativo, exige al profesional de la educación en los diferentes niveles, ciclos, modalidades, un conocimiento teórico-práctico que le permita hacer más comprensible su quehacer pedagógico orientado hacia la transformación de la realidad que lo circunda desde lo educativo, lo social, lo cultural y lo económico.

Esta posibilidad de transformación, será viable en la medida en que haya un reconocimiento interactivo de diferentes campos disciplinares que busquen responder a las preguntas de “¿cómo se aprende?” y ¿cómo se enseña?; mirada la primera no solo desde las capacidades del ser humano, sino desde la  perspectiva de otras variables que emergen en el proceso de construcción del conocimiento; en este sentido, Coll, (1995, p. 23)9 afirma: “Es la psicología quien se ocupa del análisis de los comportamientos y de los procesos psicológicos que se dan en los estudiantes como resultados de las intervenciones pedagógicas”.
 OEA. Atención y diversidad.
Desarrollo Psicológico y Educación

El cómo se enseña le compete a la pedagogía como uno de los campos disciplinares sociales, que se ocupa de la formación del ser; esta articula, recontextualiza y reconstruye los sentidos producidos por la filosofía, la economía, la lingüística, la antropología entre otras, en la búsqueda de una identidad teórica mínima que le permita generar hipótesis, estrategias y tipos de acciones coherentes y consecuentes con su objeto social.

En esta línea, la educabilidad entra a hacer parte del quehacer pedagógico, permitiendo el conocimiento de todo el proceso evolutivo por el que pasa el sujeto, la manera como aprenden y se desarrollan las personas en las diferentes dimensiones de su integralidad, las dificultades que encuentran frente a nuevos aprendizajes; Tal como lo afirma Coll.: “las acciones dirigidas a ayudarles a superar estas dificultades y en general las actividades especialmente pensadas planificadas y ejecutadas para que el sujeto aprenda más y mejor”.

Por eso el pedagogo está en capacidad de “...acoger y definir los contenidos, experiencias, lenguajes y metodologías más compatibles y productivas para la enseñanza de nuevos conocimientos, y el clima interpersonal y social que asegure mejores efectos educativos para el desarrollo de la personalidad y creatividad del alumno” Flórez O.(1995.p.88)10. De ahí que la acción pedagógica, está estrechamente vinculada con la evaluación y el análisis; con la planificación, el desarrollo y la modificación de procesos educativos.

”El maestro siempre ha sido el designado históricamente como soporte del saber pedagógico tanto a nivel teórico como aplicado y experimental. Todas las teorías pedagógicas y educativas así sean planteadas por pedagogos o intelectuales cercanos a la pedagogía toman al maestro como el sujeto que soporta el saber hacía los demás, el conocimiento y la formación” Universidad de Antioquia (1999)11.

Consecuente con lo anterior, para brindar una atención educativa que respete las diferencias del ser humano, el educador debe apropiarse de referentes pedagógicos que contemplen las diferencias como algo consustancial a la naturaleza de las personas y poder impartir una enseñanza rigurosa y más capacitada para responder al reto de la diversidad. Por eso, la enseñabilidad “constituye el punto de partida imprescindible para la enseñanza de las ciencias en las universidades y para la constitución de la didáctica especial para cada ciencia, ya no de manera formal y abstracta, sino desde las necesidades y características
culturales y de lenguaje de los estudiantes como sujetos cognoscentes activos y concretos” Flórez, O.

La institución educativa tiene presente que una enseñanza de calidad y que contemple la diversidad, considera las distintas capacidades del individuo para promoverlas, por lo que cuenta con un educador preparado para afrontar los retos que cada día van apareciendo y requiere de profesionales estratégicos, reflexivos, capaces de comprender el contexto en que se inscribe su función, de tomar decisiones oportunas y de controlar su efectividad.

En el ámbito educativo colombiano se han desarrollado acciones orientadas hacia el cumplimiento del “precepto constitucional de garantizar a todos los niños, niñas y jóvenes el derecho a recibir una educación de calidad, que les permita vivir e interactuar en la sociedad en igualdad de condiciones, y continuar aprendiendo durante toda la vida”. Para ello el Ministerio de Educación promulga los estándares de calidad, concebidos como aquellas metas observables de lo que el estudiante debe saber y las competencias, definidas como el conjunto de conocimientos, cualidades, capacidades y actitudes que posibilitan a los estudiantes desempeños adecuados en contextos reales, tanto en el campo formativo como laboral; brindándole a las instituciones educativas la autonomía para establecer diseños curriculares, enfoques y estrategias pedagógicas que respondan a las necesidades de la población en los contextos donde se desarrolla la acción educativa.

El modelo pedagógico que la institución educativa adopte para atender a la población con NEE, debe considerar al estudiante como protagonista y partícipe del acto educativo, así como reconocer las influencias familiares, escolares y sociales que intervienen en su proceso de formación, para garantizar una atención educativa contextualizada y coherente con las características personales y sociales. El currículo debe ser flexible, responder a necesidades, intereses y problemas del contexto. En este punto es necesario hacer claridad a los conceptos de enseñanza y aprendizaje.. La enseñanza concebida como un proceso organizado a través del cual una persona comunica e imparte a otros, sus conocimientos, destrezas y habilidades. El aprendizaje, como un proceso de recepción e internalización, por medio del cual una persona llega a comprender, es decir un proceso experiencial del ser humano. Un currículo flexible permite realizar las adaptaciones, éstas se consideran como la acomodación o ajuste
de la oferta educativa común a las posibilidades y necesidades de cada uno, Pastor García.

En el diseño de las adecuaciones, es necesario comprender el fundamento que ellas encierran; en este caso, la tendenciaa la valoración del ser humano, buscando la accesibilidad, la permanencia y la promoción del estudiante en el sistemaeducativo. Hodgson (1988)13 se refiere a los siguientes principios:
Principio de normalización: el referente último de toda adaptación curricular es el currículo ordinario. Se pretende que en la medida de lo posible todos los estudiantes alcancen un proceso educativo.
Principio ecológico: la adaptación promueve la adecuación del contexto más inmediato (institución educativa, entorno escolar, familiar y comunitario y estudiantes) a las necesidades educativas de los estudiantes.





























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